Ya que la instalación de contadores es de obligado cumplimiento, ¿qué mayoría es necesaria en las Comunidades de Propietarios para adoptar dicho cambio?: mayoría simple de propietarios, que a su vez representen mayoría de cuotas de participación.
Como recomendaciones a incluir en dicho acuerdo, para evitar en un futuro problemas inherentes al cambio:
- Fijar un calendario de lecturas de consumos.
- Determinar si va a ser la propia Comunidad de Propietarios o los vecinos, quienes se van a hacer cargo del mantenimiento de dichos contadores. Y dentro de este epígrafe, habría que aclarar que el gasto esta compuesto de un término fijo y otro variable o de consumo, y habría que especificar que el término fijo de mantenimiento de la caldera, consumo eléctrico, etc. no se reparte en función del consumo.
- Determinar el gasto imputable a los propietarios por dicha instalación.
- Precio de la unidad que se tome como referencia para calcular el consumo.
En todo caso, siempre es aconsejable consultar a un Administrador de Fincas Colegiado, y creo que es todo un acierto esta Directiva, ya que va a resolver muchos de los conflictos relacionados con la calefacción comunitaria que existen en las Comunidades de vecinos.
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