¿Es necesaria autorizacion de los Copropietarios para realizar Obras en elementos comunes autorizadas por los Estatutos?
Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo no es válida la autorización previa y genérica contenida en los Estatutos de las comunidades de propietarios para realizar obras que afecten a elementos comunes y que no exija una autorización unánime prestada por los copropietarios. Esta jurisprudencia se atempera cuando se trata de obras realizadas por los propietarios de los locales comerciales de las plantas bajas de los edificios.
A continuación, Encinar Administración de Fincas les plasma un extracto de la Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de Marzo de 2011: