Esta ley, que entró en vigor el 6 de mayo de 2000, protege los intereses de los compradores de una vivienda.
El constructor es la persona sobre la que recaen las principales responsabilidades, aunque no es el único que debe responder ante las reclamaciones. Todos los agentes que participan en la construcción tienen obligaciones frente a los propietarios y terceros adquirentes de inmuebles o parte de los mismos, en caso de quejas por deficiencias.
En cuanto a los plazos de garantía, contados desde la fecha de recepción de la obra sin reservas, dependen del tipo de defecto aparecido. Son los siguientes: