Usted adquirió un piso sobre plano. Tras el primer año de obras la empresa promotora le comunicó que el proyecto y el plano inicial habían sufrido algunas variaciones. ¿Cómo podrá resolver el asunto?
La modificación consistió en la colocación en el salón de una columna redonda al lado del ventanal. Ante su descontento la promotora le comunicó que tenía dos opciones:
• Aceptar la devolución de lo pagado hasta ese momento, incrementado con el interés correspondiente.
• Revender la vivienda (es decir, ceder usted su contrato a un tercero para que éste sea quien acabe comprando a la promotora). Pero en ese caso, usted se vería obligado a abonar a la promotora un porcentaje previsto en el contrato firmado entre ambos.
¿Tiene derecho a reclamar daños y perjuicios a la promotora?
Blog sobre Comunidades de Propietarios y Administradores de Fincas, donde se comenta la Ley de Propiedad Horizontal y se resuelven los problemas con los que se encuentran a diario las las Comunidades de Vecinos en Vizcaya (Bizkaia).
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6 de octubre de 2011
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