El administrador de fincas le informa que el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) es una tasa municipal que grava el valor de los bienes inmuebles y que ha de pagar su propietario.
Normalmente, al realizar la división horizontal de un edificio quedan perfectamente descritas cada una de las viviendas, plazas de garaje y trasteros.
En casos excepcionales, puede ser que no exista división horizontal, por lo que únicamente existirá una única finca registral, que generará una sóla referencia catastral y, por lo tanto, un único recibo del IBI. Este recibo ha de pagarlo la Comunidad de Vecinos, y despúes repercutir la cantidad que le corresponda a cada propietario.
SOLICITENOS GRATIS presupuesto sin compromiso
ENCINAR ADMINISTRACIÓN DE FINCAS Y COSMO ADMINISTRACION DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS Y VECINOS BILBAO le asesora sobre todas estas cuestiones. Pídanos presupuesto sin compromiso en el teléfono 94.402.27.35
Blog sobre Comunidades de Propietarios y Administradores de Fincas, donde se comenta la Ley de Propiedad Horizontal y se resuelven los problemas con los que se encuentran a diario las las Comunidades de Vecinos en Vizcaya (Bizkaia).
Mostrando entradas con la etiqueta IBI administrador de fincas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta IBI administrador de fincas. Mostrar todas las entradas
26 de enero de 2010
Suscribirse a:
Entradas (Atom)