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7 de noviembre de 2011

Cuando permitir la entrada de un desconocido a tu casa se convierte en una obligación



Donde caben dos caben tres, reza el eslogan de una conocida cadena de tienda de muebles.

Aunque puede ocurrir que el tercero no sea bien recibido en nuestra casa, pero le tengamos que dejar pasar… por el bien de la comunidad.

Y es que según la Ley de Propiedad Horizontal, es obligación del propietario no sólo consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble donde reside sino también permitir en él las servidumbres imprescindibles para la creación de servicios comunes de interés general (artículo 9.1).

Estudiemos esta particular situación con un caso práctico, el que nos plantea Manuel: “En la fachada de mi edificio han aparecido grietas y la comunidad ha decidido arreglarlas antes de que vayan a más. ¿Estoy obligado a permitir que entren en mi casa los obreros y que utilicen mi terraza para realizar los trabajos de reparación? ¿Y que usen la terraza para depositar los materiales y utensilios? Vivo solo y me voy de vacaciones en un par de días”.

Para empezar diremos que como propietario debe asumir unas obligaciones, entre ellas las que especifica la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 10: “Será obligación de la comunidad la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad, accesibilidad y seguridad”.

Esas reparaciones puede ser ordinarias o extraordinarias, urgentes o no. No obstante, como veíamos antes, la misma Ley establece dos limitaciones o razones a la hora de “invadir” una propiedad privada:

- De un lado, que tenga como fin la realización de las reparaciones que exija el inmueble.
- De otro, que se permitan en el piso las servidumbres imprescindibles requeridas en base a la creación de servicios comunes de interés general tal como establece el artículo 17 de la LPH.

Pero no basta con una simple comunicación al propietario afectado. Se exige también, previa convocatoria de junta, el acuerdo de la comunidad de vecinos.

Asimismo, teniendo en cuenta que cualquier obra conlleva una serie de trastornos difícilmente soportables, el cumplimiento de la obligación de permitir el paso a los operarios tiene como contrapartida el derecho del propietario a recibir una indemnización por las molestias ocasionadas.

Ahora bien, también puede suceder que el propietario se negase a dejar paso. De ser así, la comunidad podría adoptar el acuerdo por mayoría simple de iniciar las acciones judiciales por los daños y perjuicios derivados de la oposición del comunero.

Finalmente recordemos que este asunto cobra especial relevancia en el caso de los propietarios de los locales que se ven obligados a cerrarlos total o parcialmente en cuyo caso tendrán derecho a percibir una indemnización consistente en el daño emergente y lucro cesante.

Fuente: globaliza

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26 de abril de 2011

8 Consejos para reformar tu casa

Ocho consejos para reformar tu casa


Puedes reformar tu casa de arriba a abajo por mucho menos dinero de lo que te costaría comprar una casa nueva. Y más ahoram pues los costes de la construcción han bajado, y las ayudas y beneficios fiscales para la reforma de vivienda han aumentado.



1. Busca profesionales con referencias

Aún cuando sea una pequeña reforma, busca profesionales acreditados e, idealmente, con referencias. Es importante que además cuenten con un seguro de responsabilidad civil profesional que les cubra en caso de accidente. Tú, por tu parte, comprueba que tienes un seguro del hogar que cubra los posibles daños que se pudiesen producir en la vivienda y en la comunidad de vecinos.
Pide siempre que te facturen con IVA. Así podrás deducirte por las obras, solicitar ayudas públicas y, lo más importante, reclamar si la reforma se terminó mal.

2. Solicita tres presupuestos

Una vez tengas clara la reforma, pide, al menos, tres presupuestos diferentes. Solicita que estén detallados por partidas (albañilería, electricidad, fontanería…) y que especifiquen la calidad de los materiales a utilizar. Así podrás compararlos punto por punto y negociar la rebaja de algún apartado concreto.
Respecto a los materiales de la reforma, salvo que tengas la posibilidad de obtenerlos a buen precio, déjalo en manos del profesional, ya que puede obtener importantes descuentos de los proveedores.

3. Fija, por escrito, una fecha de finalización

Una vez seleccionado un presupuesto, inclúyelo como anexo en el contrato de obras. Es vital que este contrato fije una fecha de finalización de la reforma, superada la cual el profesional deberá pagar una penalización (por ejemplo, 60 euros por día de retraso).
Es habitual pagar una entrada que cubra la compra de los materiales, pero no debería superar el 30% del presupuesto total. Asocia el resto de los pagos a la realización de determinadas obras: albañilería, fontanería… Y deja siempre una cantidad pendiente para el final de la reforma.

4. Avisa a tus vecinos

Si la reforma es importante tendrás que pedir permiso a la Comunidad. Y necesitarás su apoyo unánime cuando las obras afecten a la estructura del inmueble (muros de carga), a la fachada o a los elementos comunes; así como cuando se produce una segregación de la vivienda buscando efectos jurídicos.
Si la reforma es de pequeña entidad (pintar, cambiar las ventanas…) no es preciso pedir permiso a la comunidad. Pero conviene avisar a los vecinos que comparten pared sobre el horario y los plazos de las obras. Tampoco está de más dejarles un número de teléfono por si se produce algún incidente.

5. Mira a ver si necesitas una licencia

Hay reformas que precisan de una licencia de obra mayor, en cuyo caso hay que presentar en el Ayuntamiento un proyecto firmado por un arquitecto. Nos referimos a obras que afecten a la estructura del inmueble (muros de carga), a la fachada o a los elementos comunes; así como las que amplíen el volumen del inmueble o impliquen un cambio de uso (un piso que se transforma en un local, por ejemplo).
El resto de las reformas se consideran de obra menor. Algunas pueden precisar de una licencia de obra menor o, simplemente, de un acto comunicado. Infórmate en tu Ayuntamiento.

6. Aprovecha el Plan Renove

Al coste de los materiales y la mano de obra, deberás sumar el de las licencias y tasas del Ayuntamiento. Y también deberás pagar el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, que supone el 4% del presupuesto.
Pero también existen ayudas de las Comunidades Autónomas (promovidas por el Ministerio de Industria y el IDAE) para la sustitución de la caldera, el aparato de aire acondicionado, los electrodomésticos o las ventanas, siempre y cuando mejoren la eficiencia energética de la vivienda. La mejor forma de informarse es dirigirse a la Consejería de Economía.

7. Pide ayudas directas en tu Comunidad Autónoma

Otras ayudas directas, que pueden cubrir hasta el 40% del presupuesto, son las concedidas por el Ministerio de Fomento y las Comunidades Autónomas para reformas que:
  • Eliminen barreras arquitectónicas.
  • Contribuyan a ampliar la superficie útil.
  • Mejoren el aislamiento térmico y acústico.
  • Promuevan la eficiencia energética.
  • Renueven las instalaciones de agua, gas y electricidad y favorezcan el ahorro.
Eso sí, las viviendas deben tener más de 12 años de antigüedad. Infórmate de los detalles en la Consejería de Vivienda de su Comunidad Autónoma (deberás solicitarlas antes de empezar la obra).

8. Y benefíciate de las ventajas fiscales

Las obras de mejora y rehabilitación de la vivienda pueden beneficiarse de la aplicación de un IVA reducido del 8% hasta 2012.

Además existe una lista de gastos deducibles en 10% en el IRPF en los ejercicios de la renta de los ejercicios 2010 (aunque sólo por las cantidades satisfechas entre el 14 de abril y el 31 de diciembre), 2011 y 2012. Las condiciones para beneficiarse de ello son similares a las ayudas directas mencionadas; así como en las reformas que favorezcan la seguridad del inmueble o permitan el acceso a Internet y a servicios de televisión digital (infraestructuras de telecomunicaciones). El contribuyente debe tener una base imponible inferior a 53.007 euros anuales y no haber pagado los conceptos deducibles en metálico.

Fuente: OCU 

Encinar Administración de Fincas les pone este video sobre los consejos necesarios para evitar problemas a la hora de reformar una vivienda, y requisitos necesarios.

 

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