2 de noviembre de 2011

Demanda de Desahucio – Fianza Alquiler

Al interponer una demanda de desahucio por falta de pago en el alquiler de la vivienda, descuente del importe reclamado la fianza recibida en su momento por el inquilino.

Con el fin de evitar males mayores, usted ha optado a que su inquilino le haga entrega de las llaves de la vivienda y firme la renuncia del contrato, sin haber pagado las rentas pendientes. En contrapartida, usted no le devuelve la fianza, y finalmente ha decidido instar acciones judiciales a fin de obtener el pago de dichas rentas.

En la reclamación judicial que efectúe reclame las cantidades pendientes, pero no se olvide de restar el importe de la fianza que usted ya ha retenido.
¿Qué consecuencias podría tener si no se descuenta la fianza recibida en la demanda de desahucio?


Puede parecer algo obvio, pero lo cierto es que en muchas reclamaciones se olvida efectuar dicho descuento. En estos casos, el inquilino puede oponerse a la demanda alegando que la fianza no se le ha devuelto, y que realmente lo que debe es menos de lo que se le reclama. Seguramente el juez dictará el desahucio, ya que es evidente que existen rentas pendientes de pago, pero, a la vez, aceptará los argumentos del inquilino, y reducirá la cantidad que éste debe satisfacer.

¡Atención! Como la demanda sólo será aceptada en parte y no en su integridad, no se condenará al inquilino a pagar las costas del abogado y procurador, y será usted quien tendrá que asumirlas.

Si la fianza no se devuelve por causa justa

Otra cosa es que la fianza no se devuelva por una causa justificada (por ejemplo, por desperfectos que el inquilino haya causado en su vivienda).

En tal caso, pueden pasar dos cosas:

• Que el inquilino se oponga a la reclamación. En este caso será usted quien deberá alegar y probar los motivos que justifican la no devolución de la fianza. Si prevé que va a haber problemas, solicite que un notario levante acta, con fotografías, del estado en que ha quedado la vivienda.

• Si el inquilino no se opone a la demanda, seguramente se la aceptarán en su totalidad. Pero, incluso aunque prevea que no va a haber oposición, justifique en la demanda las razones de la no devolución de la fianza: así asegurará que la condena en costas sea a cargo del inquilino. Si no efectúa el descuento en la demanda de desahucio, el juez considerará que la cantidad reclamada es incorrecta, y usted no recuperará las costas del procedimiento de desahucio.

Fuente: Inmoexperto.com

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