5 de noviembre de 2011

Recalificación Obligatoria

¿Qué puede hacer usted si su empresa está situado en unos terrenos que el Ayuntamiento quiere recalificar? ¿Le obligarán a abandonarlo? ¿Se verá afectado su negocio?

Situación.

Usted es dueño de una nave desde hace bastante tiempo. El crecimiento del municipio ha obligado al Ayuntamiento a elaborar nuevas normas urbanísticas que pasan por la recalificación de gran parte del terreno municipal, entre el que se encuentra aquél donde queda ubicado su nave.

En concreto, en la porción de terreno en la que usted está, se prevé levantar un complejo de viviendas. ¿Qué pasará a continuación?

Defensa

La Administración tiene la
ordenación del suelo como una de sus competencias, del modo más adecuado a las necesidades de la población.

En el momento en que se publique la nueva normativa que el Ayuntamiento debe poner a disposición del público antes de proceder a su aprobación, usted puede interponer un recurso.

En primer lugar puede hacerlo ante el consistorio y, cuando las normas sean aprobadas definitivamente, podrá hacerlo ante los tribunales.

También podrá reclamar si se producen errores de procedimiento:

• Notificación. El Ayuntamiento debe informarle de toda la recalificación prevista (pues usted está afectado por ella). Si no lo hace, lo hace de modo incorrecto, o no le proporciona toda la documentación del expediente cuando la solicite, siempre podrá alegarlo en sus recursos.

• Informes. Verifique también que los planos e informes técnicos del expediente no contienen errores.

Si alega errores de procedimiento, es posible que usted acabe ganando los recursos. Pero piense que sólo conseguirá ganar tiempo, pues si las autoridades municipales siguen empeñadas en la recalificación, la llevarán adelante iniciando de nuevo el procedimiento, ahora sin cometer errores.

Traslado

En este caso deberá aceptar que su empresa tenga que trasladarse al final a otro lugar. Pero conviene ver la parte positiva, es decir, por el simple hecho de la recalificación, el suelo donde se asienta su nave ha visto incrementado su valor, y el promotor de las viviendas se verá obligado a comprárselo.

Edificabilidad

No olvide también estudiar a fondo la edificabilidad propuesta por el Ayuntamiento. Verifiquen su coherencia respecto a otras zonas del propio municipio – o de otros municipios en situaciones similares-, y solicite un aumento de dicha edificabilidad si así lo considera. Si obtiene una edificabilidad más alta siempre estará en disposición de negociar con los promotores de las viviendas un precio más alto por los terrenos de su propiedad. En definitiva, obtendrá una mayor liquidez para mejorar las condiciones de su negocio.

Fuente: inmoexperto.com

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