18 de diciembre de 2010

El problema de humos y olores de las Barbacoas en Plantas Bajas y Áticos

Como administrador de fincas me suelo encontrar con quejas de los vecinos por los humos y olores, sobre todo, provinientes de las barbacoas que se realizan en las plantas bajas de los edificios. Incluso en alguna ocasión, hasta quejas de las viviendas colindantes.
El vecino afectado podrá denunciar los hechos, porque seguramente se este infringuiendo la normativa municipal.
De todas formas, si no existe una clausula en los estatutos de la Comunidad de Propietarios que prohíba las barbacoas, y no se demuestre los problemas que causan, la utilización de barbacoas no podrá prohibirse con tanta facilidad.
Así la Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga número 847 de 10 de Octubre de2.003 dice, entre otras consideracione, que si los Estatutos de la Comunidad no prohíben de una forma expresa la instalación y uso de barbacoas, la comunidad no puede prohibirlas de una forma general, sino tan sólo por la vía del art. 7-2 de la LPH. 
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