Usted compró un inmueble que está encima de un restaurante y cada vez que abre la ventana percibe todo tipo de olores. Encinar Administradores de Fincas le informa ¿Qué puede hacer?
Cada ayuntamiento establece los requisitos para obtener las distintas licencias. Y en atención al tipo de negocio, se requerirán unos requisitos u otros. Siempre deberá aportarse un proyecto revisado por un arquitecto en el que consten los metros cuadrados del local, los servicios, las salidas de emergencia, el aforo, la maquinaria que puede instalar, el horario de atención al público… y, cómo no, la ventilación del local y la salida de humos.Información. Lo primero que tiene que hacer el afectado es dirigirse al Ayuntamiento donde se encuentra la vivienda, y, en particular, al Departamento de licencias de Actividad. Es importante que acto seguido informe del mayor número posible de datos que haya podido recabar del local.
¡Atención! Puede darse el caso, por ejemplo, de que el local únicamente haya tramitado una licencia para “granja”, en la que sólo puedan servirse desayunos o comida fría. Si es así, es probable que la Administración establezca requisitos menos rigurosos que para el caso de que la actividad del local sea la de restaurante.
Además, es necesario la tramitación del informe de calificación ambiental, en los casos que hay cocina. En muchas comunidades autónomas es requisito indispensable para el otorgamiento de las Licencias municipales, y su omisión puede ser causa de nulidad de la autorización. Ello es así debido a que las actividades ligadas al uso de la cocina suelen calificarse como molestas. Además, la complejidad de los trámites y el importe de las tasas a abonar por el solicitante, hace que muchos titulares de licencias de actividad desarrollen actividades que sobrepasan las permitidas por la licencia concedida.
Actuación municipal
El ayuntamiento deberá revisar qué tipo de licencia tiene el local. Y, si en atención a los datos facilitados por el afectado, intuye que el titular puede haberse extralimitado en las facultades a que le legitima la concesión de la licencia, enviará un técnico para que haga una inspección del local. Una vez allí, el técnico levantará acta, donde hará constar los datos del local, la fecha y hora de la inspección, y dejará constancia de posibles irregularidades (infracción de la normativa administrativa) o, por el contrarío, de la adecuación de las instalaciones a la licencia concedida.
De haber irregularidades, se abrirá un expediente en el que se dará un plazo (alrededor de 20 días, si bien éste varía según la comunidad autónoma) al local para que adecué su actividad a la licencia concedida, otorgando algunos días más si se observa predisposición a ajustar la actividad a la Licencia. Y si tras ese tiempo no hay una adecuación a la licencia, deberá procederse al cierre del local.
Algunos vecinos de un edificio se quejan del restaurante de la planta baja, argumentando que desprende humos por encima de lo normal. ¿Qué puede hacerse en esta situación?
Para la apertura de un restaurante, se deben cumplir con varias formalidades:
- No se pueden desarrollar actividades prohibidas por los propios estatutos de la comunidad de propietarios, que sean dañosas para la finca o contravengan la normativa sobre actividades molestas.
- Se debe tener las pertinentes licencias y permisos municipales de apertura y actividad.
- Se debe funcionar conforme a lo previsto en las ordenanzas municipales y reglamentos administrativos.
Comprobación
Cualquier vecino afectado, o la propia comunidad, a través de su presidente o del administrador puede ir a los servicios técnicos del Ayuntamiento, para solicitar que se compruebe el cumplimiento de estos requisitos, y que se hagan las comprobaciones y certificaciones oportunas , para ver si el nivel de penetración de humos supera el permitido.
Si todos los permisos están en regla, los técnicos no han encontrado nada y la salida de humos también esté correcta; quizás la filtración de olores se deba a un fallo en la instalación de la chimenea. Ello puede certificarlo el informe de un técnico o de un ingeniero.
Requerimiento
Una vez acreditado la existencia de humos y olores por encima de lo normal, el presidente de la comunidad requerirá al responsable del local para que cese las actividades molestas, indicándole, que de no hacerlo se iniciarán las acciones judiciales pertinentes. Efectúe el requerimiento mediante burofax, con acuse de recibo y certificación de contenido.
Demanda
Si el infractor persiste, transcurridos unos 30 días desde el requerimiento, la comunidad podrá demandarle ante el juzgado, para que cese en la actividad. El acuerdo para iniciar la demanda deberá ser tomado en reunión de propietarios. En primera convocatoria, será preciso el voto favorable de la mayoría de propietarios que a su vez representen la mayoría de las cuotas. En segunda, será preciso el voto favorable de la mayoría de asistentes que representen, además, más de la mitad del valor de las cuotas.
La demanda irá dirigida contra el titular del restaurante y contra el propietario del local (si no son la misma persona). Como medida cautelar, el juez podrá acordar, previa solicitud de los comuneros, el cese de la actividad prohibida.
Sentencia
Si la sentencia es favorable a la comunidad, el juez podrá decretar, la cesación definitiva de la actividad prohibida, una indemnización por daños y perjuicios y la privación del derecho al uso del local para toda actividad, por no más de tres años. Y si el infractor no es el dueño del local, podrán declararse extinguidos todos sus derechos relativos al local, y su desalojo inmediato.
Fuente: Inmoexperto.comRequiera al Ayuntamiento para que certifique si el nivel de penetración de humos supera lo permitido.
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