20 de agosto de 2011

Humedades en el techo de la vivienda provocadas por el vecino de arriba

Como administradores de fincas, les informamos ¿Qué pueden hacer si detecta unas manchas de humedades en el techo provocadas por su vecino de arriba?

Acuda a su vecino y coméntele el tema de las humedades. Si su vecino tiene asegurada la vivienda le cubrirá los daños causados por las filtraciones, y el asunto quedará resuelto sin más problemas.
Si su vecino no le hace caso, actúe de la siguiente forma:
  1. Requiérale para que solucione el problema mediante burofax. Deje constancia, además, de la necesidad de que le resarza los daños y perjuicios sufridos, señalando un importe aproxi­mado, para que se haga una idea del perjuicio que le ha causado. La valoración derivará del valor de reposición que haya supuesto, o suponga más tar­de, la reinstalación o reubicación de materiales.
  2. Hágase con un informe pericial que pueda llevar ante un juzgado si lo cree conveniente, y muestre los daños y su valoración.
Si aún así su vecino sigue ignorándole, demándele en los tribunales, la ley contempla que si alguien causa daño a otro por ne­gligencia debe repararlo. No obstante, antes de tomar una medida tan drástica, puede so­licitar la intervención al Ayuntamiento o a la con­cejalía de distrito donde se ubique la vivienda. El consistorio puede actuar a través de su servicio de inspección urbanística, requiriendo a su vecino para que mantenga su vivienda en debido estado de salubridad y habitabilidad, tanto para él como para sus vecinos, e incluso imponiéndole una multa.

Si su vecino es inquilino

Si su vecino no es propietario del piso, si­no que lo tiene alquilado, mejor que hable directa­mente con el propietario. Tenga en cuenta que si hay filtra­ciones seguramente éstas afectarán también a su propio piso, y él está obligado a efectuar las obras de conservación necesarias para que el inmueble esté en condiciones de utilización. Y si se desentiende del asunto, actúe en los siguientes términos:
  1. Efectúe las correspondientes notificaciones tanto al inquilino co­mo al propietario.
  2. Si decide acudir al Ayuntamiento, la tramita­ción del expediente será más lenta que en el ca­so anterior, ya que habrá más personas implica­das en el problema (usted, el propietario y el in­quilino). En cualquier caso, si el consistorio im­pone algún tipo de sanción al propietario, éste podrá reclamar después contra el inquilino, si fue éste quien con su actuación negligente pro­vocó los daños y la reclamación pertinente.
Fuente: Inmoexperto.com


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