27 de marzo de 2012

Transmision o venta de inmueble con inquilino de renta antigua: LIMITACIONES

El Tribunal Supremo en Sentencia de 15 de Enero de 2.009 ha declarado la vigencia actual del artículo 53 de la LAU (Ley de Arrendamiento Urbanos) de 1964 y consecuentemente el derecho del inquilino a impugnar la venta efectuada por el dueño a tercera persona sin sujetarse a los límites de precio señalados en el precitado art. 53, esto es:
 
El importe del precio de transmisión no puede exceder de la capitalización de la renta anual que en el momento de la transmisión pague el inquilino a los siguientes tipos:

3%...................Vivienda ocupada por primera vez antes de 1/01/1.942
4,5%................Vivienda ocupada con posterioridad a esa fecha.
En esta Sentencia, el TS declara como doctrina jurisprudencial que el artículo 53 del Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 es un precepto vigente en la actualidad, de conformidad con la Disposición Transitoria segunda de la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos , y es plenamente aplicable a los arrendamientos celebrados con anterioridad al 9 de mayo de 1985, y su ejercicio no supone un abuso de derecho al ejercitarse la acción impugnatoria con base en una facultad reconocida legalmente.
 

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