(..)¿Puedo instalar un toldo sin pedir permiso al resto de vecinos? La instalación de toldos requiere el consentimiento unánime de la comunidad, dado que supone una alteración de la configuración originaria del edificio (artículo 12 de la Ley de Propiedad Horizontal).
Sin embargo, no es el único acuerdo que la comunidad de propietarios debe tomar referente a este elemento. También el color y formato del toldo necesitan de un acuerdo, esta vez por mayoría.
Es por ello recomendable que en el propio acuerdo que requiere la unanimidad se fijen desde el principio las condiciones estéticas del toldo para evitar que entre un acuerdo y otro se instalen toldos de forma arbitraria.
Además, si instala el toldo sin autorización, la comunidad puede obligarle a retirarlo para devolver la fachada a su estado originario.
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Fuente: globaliza
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