28 de junio de 2014

Supremo califica una plataforma salva escaleras de mejora general en inmueble

El Supremo ha obligado al dueño de un local a contribuir a los gastos derivados de instalar una plataforma "salva escaleras" en su edificio porque considera que este elevador, destinado a personas que no pueden subir los escalones, garantiza la accesibilidad y es una mejora general del inmueble.

La Sala Primera del Supremo ha estimado con este argumento el recurso de una comunidad de propietarios de Madrid que pedía que se obligara al propietario de un local de la finca afectada a contribuir, con arreglo a su cuota, a los gastos derivados de la instalación de la plataforma para suprimir barreras arquitectónicas.

El propietario del local se negaba a pagar porque existía una previsión en los estatutos de la comunidad de propietarios en la que se le eximía de contribuir a los gastos del ascensor.

Sin embargo, el Supremo señala en esta sentencia, que establece doctrina, que el estar eximido de gastos por obras o adaptación de ascensor no resulta comparable a los supuestos en los que la instalación del ascensor se realiza por primera vez, pues se trata de garantizar la accesibilidad y mejora general del inmueble.

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Fuente: lavanguardia.com

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