5 de mayo de 2015

¿Se puede transformar un camarote en vivienda? ¿Se puede transformar un local comercial o lonja en vivienda? ¿Se puede negar la Comunidad de Propietarios?

Debido al difícil acceso a la vivienda, a pesar de que el precio han bajado mucho, son todavía muchas las familias que no pueden acceder a la casa de sus sueños, por problemas económicos. Por ello, últimamente nos ha realizado varias consultas relativas a si se puede transformar un local comercial o lonja y vivienda, o si se puede transformar un trastero o camarote en vivienda.
Desde Encinar XXI Administración de Fincas, nuestro administrador de fincas colegiado siempre ofrece la misma respuesta, y es que hay varias sentencias recientes del Tribunal Supremo donde se admite dicho cambio, si no existe una prohibición expresa en los estatutos de la Comunidad de Propietarios, que impida que un local comercial o lonja, trastero o camarote pase a convertirse en una vivienda. 
Aunque se pone una limitación, y es, que siempre  cuando ello no suponga realizar obras y/o modificación en los elementos comunes de la finca.
¿Qué pasaría en el supuesto de que los estatutos de la Comunidad de Propietarios no digan nada al respecto, es decir, no lo prohíban, pero sí sea necesaria la realización de obras en elementos comunidades del edificio?, la Comunidad de Propietarios me podría impedir realizar la obra?. La respuesta debe de ser SI, ya que para poder obtener autorización de la Comunidad de Propietarios para realizar dicha obra en los elementos comunes, sería necesaria la aprobación por 3/5 de los propietarios, conforme el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, además del preceptivo permiso por parte del Ayuntamiento del municipio.
A pesar de lo indicado anteriormente, si la obra es de tan pequeño calado, como la instalación de un contador, nuestro administrador de fincas entiende que se podría instalar sin problema alguno, ya que la jurisprudencia del Tribunal Supremo va en este sentido. 

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