28 de enero de 2010

El Reglamento de Régimen Interior de la Comunidad

Además de los derechos y obligaciones que se determinan en los Estatutos, la comunidad puede establecer un Reglamento de Régimen Interno por el cual se regule la convivencia cotidiana de la Comunidad y la adecuada utilización de los servicios, instalaciones y elementos comunes. (A modo de ejemplo: No tirar colillas por la venta).

Caracteristicas que expone el administrador de fincas para el interés de cualquier comunero:

  1. No pueden ir en contra de lo estipulado en los Estatutos ni lo impuesto legalmente. 
  2. No necesitan estar inscritos en el Registro de la Propiedad para ser obligatorios para todos los propietarios.
  3. Y pueden establecerse o modificarse por mayoría simple.

Ejemplo de contenido del mismo:

Incluir, por ejemplo: Horario de recogida de basuras y de encendido y apagado de calefacción central, forma de utilización de las instalaciones deportivas, forma de utilización de los tendederos, etc.

No podrían incluirse en el mismo determinados asuntos, que por exigir unanimidad obligatoriamente debieran de recogerse en los estatutos, como la prohibición de una determinada actividad en un local comercial, ni cosas ilicitas como prohibir a "x" propietarios el uso de algunos servicios comunitarios, que para que obligaran a todos, debieran de recogerse igualmente en los estatutos, aprobados por unanimidad, incluso por el afectado, y estar inscritos en el Registro de la Propiedad.

SOLICITENOS GRATIS  presupuesto sin compromiso

ENCINAR ADMINISTRACIÓN DE FINCAS Y COSMO ADMINISTRACION DE COMUNIDADES DE PROPIETARIOS Y VECINOS BILBAO le asesora sobre todas estas cuestiones. Pídanos presupuesto sin compromiso en el teléfono 94.402.27.35

No hay comentarios:

Publicar un comentario