El administrador de fincas le informa que el coeficiente de participación en el Titulo Constitutivo de cada piso, garaje, trastero o local comercial se establece teniendo en cuenta: la superficie útil del mismo en relación con la superficie total del propio edificio, teniendo en cuenta su ubicación (altura) y el uso que presumiblemente dicho inmueble va a hacer de las instalaciones y servicios comunes del edificio.
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