25 de abril de 2010

Las basuras en una comunidad de vecinos

En las ordenanzas municipales de cada localidad y comunidad autónoma se estipulan los criterios para la recogida de la basura, como el lugar de recogida y el horario para depositarla. Pero además cada comunidad de propietarios se rige por unas normas internas que todo vecino debe respetar. El administrador de fincas, como experto, debe siempre asesorar a la Comunidad en esta materia, que genera muchos conflictos en las comunidades de vecinos debido a que los horarios de trabajo y la vida que llevan los diferentes integrantes de la misma (familiar, amas de casas, gente anciana, profesiones...) suele ser muy distinta y logicamente cada uno de ellos quiere un horario que se adapte a sus necesidades.

Según la Ley de Propiedad Horizontal se debe bajar la basura a la calle, en bolsas cerradas, y depositarlas en el contenedor en horario nocturno.

Pero suele ser habitual en la Comunidad de vecinos que se impongan normas internas de regimen interior sobre recogida de basuras, estableciendose donde se deden depositar en los elementos comunes (descansillos, cubo de basuras general o su prohibicion debienso sacarlas directamente al contenedor municipal), el modo de hacerlo (con doble bolsa de basura para evitar manchar el suelo) y el horario, que deben cumplirse por todos los vecinos.

Y en otras comunidades la función de la recogida de basuras recae en el portero del edificio. El trabajador está en su obligación de trasladar los cubos colectivos de basura de la comunidad hasta el lugar destinado por las ordenanzas municipales para su retirada, pero no así la recogida de cubos, bolsas o recipientes de cada piso individualmente, para ello, el portero debe percibir un suplemento de basuras que se abona aparte. Según el convenio que regula las tareas de tales trabajadores, este suplemento se percibirá siempre y cuando el trabajo se realice desde la puerta de la vivienda de los propietarios y dentro de la jornada laboral. Durante las vacaciones, dicho suplemento se abonará al trabajador que realmente realice dichas tareas, sea el mismo portero o un sustituto.

Un tema particularmente problematico y desgraciadamente bastante habitual en las Comunidad de propietarios, que debe de ser tratado con especial cuidado por el administrador de fincas, es cuando se tiene un vecino que acumula basuras en su piso, provocando malos olores al resto de vecinos, ¿que se puede hacer para solucionarlo?: segun la LPH en un piso están prohibidas las actividades insalubres, nocivas y peligrosas, por lo que la Comunidad debe entablar una acción de cesación que le prive del uso de la vivienda hasta por tres años.

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