21 de febrero de 2011

Incumplimiento del Acuerdo Adoptado

Encinar Administración de Fincas, como administradores de fincas, les debemos de informar que los acuerdos adoptados legalmente en las Juntas de Propietarios son ejetivos y deben de adoptarse siempre.

Pero, ¿qué sucede si a pesar de haber sido adoptado no se cumple por ejemplo porque el presidente fue uno de los que voto en contra del mismo?

Pues entonces cualquier propietarios puede acudir a los Tribunales, a través del proceso ordinario previsto en el articulo 249.8 de la ley de Enjuiciamente Civil, demandando a la Comunidad, con la exigencia de que el acuerdo se ejecute.

Pero si no se quiere incurrir en costes judiciales, y además varios propietarios que alcancen el 25% de las cuotas de participacion son los que desean que se cumpla dicho acuerdo, conforme al articulo 16.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, pueden convocar una Junta extraordinaria para que se cambien de Presidente y designar a otra persona que se comprometa a cumplir dicho acuerdo previsto.

SOLICITE GRATIS un presupuesto sin compromiso

ENCINAR ADMINISTRACIÓN DE FINCAS le asesora sobre todas estas cuestiones. Pídanos presupuesto sin compromiso: Encinar Administradores de Fincas - C/ Estartetxe 5 2ª planta dpto. 205 - (48940) - Leioa - Vizcaya - Teléfono 94 402 27 35 - Fax. 94 402 27 37

Prestamos servicios como administrador de fincas en Leioa, Getxo, Las Arenas, Romo, Guecho, Algorta, Neguri, Berango, Barrika, Sopelana, Gorliz, Plentzia, Urdúliz, Sondika, Loiu, Mungia, Derio, Erandio, Astrabudua, Lamiako, Sestao, Portugalete, Santurtzi, Barakaldo, Basauri, Trapaga, Laukiz, Gatika, Zamudio, Lezama,Galdakao, Zierbena, Etxebarri, Alonsotegui, Güeñes, Arrigorriaga, Lezama, Muskiz, Ortuella, Durango, Begoña, Deusto, San Ignacio, Sarriko y Bilbao.

No hay comentarios:

Publicar un comentario