26 de agosto de 2011

¿Qué seguros de la hipoteca son obligatorios?

La cuota hipotecaria, en muchas ocasiones, viene acompañada de gastos adicionales relacionados con productos vinculados al préstamo hipotecario. Debemos tenerlos en cuenta a la hora de tomar una decisión sobre que hipoteca contratar, porque finalmente acaban encareciendo el coste total de la misma.
Es importante saber qué seguros son obligatorios.

Estos gastos hipotecarios muchas veces hacen referencia a las primas de los seguros que el banco, persuasivamente, nos hace contratar al firmar la hipoteca. Aprovechan el desconocimiento del cliente sobre la obligatoriedad de la contratación de estos seguros, para que finalmente los contratemos como si fueran una parte indivisible de la propia hipoteca.

Por ello, la pregunta de muchos de nosotros es:

¿Qué seguros estoy obligado a contratar? La Ley Hipotecaria establece que únicamente es obligatorio contratar el seguro de incendios, puesto que en caso de incendio, rayo o explosión es la aseguradora quien se ocupa de indemnizar a la entidad financiera, puesto que ésta consta como beneficiaria en el contrato del seguro.
Debemos distinguir entre el seguro de incendios (que es el básico) y otros seguros de hogar como el multirriesgo o el todo riesgo, ya que estos ofrecen mayores garantías y, consecuentemente, su prima es más elevada. Si una entidad financiera nos dice que debemos contratar un seguro de hogar obligatoriamente, debemos saber que sólo estamos obligados a contratar el seguro de incendios. Además, siempre y cuando pongamos como beneficiaria la entidad financiera que nos concede la hipoteca, el seguro de incendio o multirriesgo lo podemos contratar con la entidad aseguradora o financiera que deseemos.

Cuando una entidad financiera nos obliga a contratar un seguro o varios, no es porque la Ley hipotecaria así lo indique, sino que es un requisito que exige el banco para concedernos la hipoteca.

Lo que algunas veces ocurre es que las entidades financieras nos ofrecen bonificaciones (reducciones en el tipo de interés) por contratar seguros adicionales, como el seguro de vida, el seguro de protección de pagos, el seguro de protección de cambios del interés, etc.  En este caso es el titular quien decide si prefiere contratar el seguro y obtener la bonificación, o bien, mantener un interés más elevado y no tener gastos adicionales relacionados con seguros.
¿Qué seguros se recomienda contratar? Nuestra recomendación es que se contrate un seguro más completo que el seguro de incendios, de forma que el titular reciba una indemnización por los bienes asegurados y que además el inmueble esté asegurado frente a riesgos adicionales, como inundaciones, robos, etc.

También un seguro que es muy importante contratar es el seguro de vida, puesto que se trata de un seguro que en caso de fallecimiento o de incapacidad total se ocupará de cancelar el porcentaje de la deuda asegurada. Así, por ejemplo, si tenemos contratado un seguro de vida y el capital asegurado está dividido de forma proporcional a los ingresos de cada uno de los miembros de la pareja: en una hipoteca de 100.000 euros, donde un miembro de la pareja gana el 60% de los ingresos familiares y el otro el 40%. Si aseguramos el primero por 60.000 euros y el segundo por 40.000, en caso de una desgracia del que aporta más ingresos, un seguro de vida permite que su parte quede pagada, y sólo quedaría pendiente por pagar la parte correspondiente a la otra persona, es decir, los 40.000 euros, y de esta forma, la nueva cuota la puede asumir con más comodidad.

Si una persona está interesada en contratar estos seguros es interesante que mire las hipotecas bonificadas para compensar el coste adicional del seguro con la reducción del interés.



Fuente: fotocasa.es



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