En el inicio del primer periodo de prórroga, la comunidad solicitó la rescisión del contrato. La empresa reclamó 945 euros que se abonaron, pero alegó de nuevo un error y reclamó 1.881 euros más, cantidad que la comunidad se negó a pagar.
El asunto terminó en el Juzgado y, en sentencia de 12 de febrero de 2009, la Audiencia Provincial de Soria absolvió a la comunidad de vecinos a pagar por considerar que se trataba una cláusula abusiva que vulneraba la buena fe y el equilibrio justo de prestaciones.
Fuente: Consumer.es
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