13 de junio de 2014

Mi vecino también será moroso. En 2014 se prevé que la morosidad en las comunidades de propietarios crezca un 12,5% más, hasta los 2.022 millones de euros

En las comunidades de vecinos la tensión se cuece, unas veces a fuego lento y otras a todo gas. La intensidad depende, de la cantidad de vecinos que haya dejado de pagar las cuotas. 
En España, cuatro de cada diez propietarios no pueden asumir derramas. Muy por delante está Canarias, donde son el 64%, y Andalucía, con el 55%. En Madrid rozan el 38%. En Navarra y País Vasco los propietarios tienen mejor bolsillo. Solo para el 24% es imposible hacer frente a los gastos .
Unos y otros han acumulado 1.798 millones de euros de morosidad en 2013. Las previsiones para 2014 son que la deuda crecerá un 12,5% más respecto al año anterior, hasta los 2.022 millones de euros aproximadamente —datos provisionales del tercer trimestre del año—, según calculan en el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España (CGCAFE).
"Entre el 25% y el 50% de las comunidades tienen morosos importantes, aunque el problema es más serio en las pequeñas, las de menos de 25 propietarios",....., que recuerda cómo antes de la crisis era normal tener dos o tres vecinos que se retrasaban varios meses y solían pagar antes de la junta general para no aparecer en la lista de morosos. Ahora, las apariencias no importan y algunos acumulan deudas superiores a 1.000 euros.
Algo cambia en una finca cuando un propietario se convierte en moroso, por los motivos que sean, otros propietarios dejan de cumplir simplemente porque su vecino tampoco paga y se crea un efecto de contagio. Otros, porque consideran que "el dinero está mejor en su bolsillo que en la cuenta de la comunidad"...
También hay matrimonios en proceso de separación que reciben de sus letrados el consejo de no pagar hasta que se decida quién se va a adjudicar la vivienda. 
Y herederos múltiples que no se ponen de acuerdo en asumir la propiedad del difunto o proceder a su venta o alquiler. Mientras tanto, dejan de abonar las cuotas. 
Y lo mismo hacen algunos caseros que no están cobrando la renta de su inquilino.
Estos morosos se hacen protagonistas de las miradas y murmullos del resto de los vecinos, de los que cumplen. Y en las juntas son el primer punto del día, con su nombre, apellido, piso y deuda total.
La tirantez crece cuando pasa el tiempo y las cantidades en pagos pendientes no se recuperan.
Y con motivo. "Lo grave es que ahora hay que pedir aportaciones extraordinarias de los comuneros para cubrir la parte que no pagan los morosos, lo que es muy difícil de entender para la mayoría de los propietarios"...
"Los administradores de fincas intentamos, en un primer momento, evitar esos litigios, especialmente cuando nos consta que el deudor está atravesando una situación económica desesperada, en cuyo caso, y si no hay otra salida, proponemos fórmulas de pago flexibles"... En cambio, cuando el propietario no da señales de vida o no paga porque no quiere, se recurre al proceso judicial. De las deudas que se reclaman judicialmente, aproximadamente un 80% se cobran.... De hecho, si el deudor tiene liquidez, suele atender el requerimiento de pago para no dar lugar a gastos de liquidación.
Aunque en teoría la reclamación de estas deudas es sencilla, en la práctica hay bastantes trabas que dilatan los procesos y evitan que los vecinos perjudicados recuperen el dinero. "Nos encontramos con serios problemas cuando ese deudor no tiene liquidez y sus bienes se encuentran hipotecados o embargados por otras deudas. En estos casos, los acreedores (bancos, empresas...) suelen retrasar la adjudicación e inscripción del inmueble en el Registro para no tener que pagar las cuotas comunitarias. Y cuando lo registran no se puede reclamar más allá del año en curso y los tres anteriores. Si, además, tenemos la mala suerte de que el deudor ha sido declarado en concurso de acreedores, el problema se agrava exponenciálmente"...
Llevar a juicio a una entidad bancaria que no se hace cargo de las cuotas comunitarias no es difícil, aunque suele poner más trabas a la hora de pagar. "Muchos de los bancos que se adjudican fincas embargadas demoran hasta límites insospechados la asunción de la deuda con excusas y subterfugios legales"....
No obstante, es importante recordar que al nuevo propietario —sea banco o particular— solo se le puede repercutir la deuda correspondiente al plazo de afección (año actual y tres anteriores).
Antes de la última reforma de la Ley de Propiedad Horizontal, efectuada por la Ley 8/2013, cuando se vendía una vivienda, el nuevo propietario solo respondía de las deudas generadas en el año de la transmisión y en el anterior.

Con Encinar XXI Administración de Fincas Ud. como vecino va a ser nuestra prioridad, va a ser atendido de inmediato, y además va a estar informado constantemente de cualquier situación que afecte a la Comunidad de Propietarios. La reclamación a los vecinos morosos genera muchas tensiones y enfrentamiento entre los vecinos, por lo que desde Encinar XXI Administración de Fincas siempre recomendamos la contratación de una persona ajena a la Comunidad, de un Administrador de Fincas Colegiado, que pueda asesorar a la Comunidad en esta tarea, que como hemos podido leer anteriormente, desgraciadamente tiene previsión de a ir a mas en los próximos meses.

E-mail:          encinarxxi@gmail.com
Teléfono:       94.402.27.36
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Cuéntenos qué problemas tienen actualmente y desde Encinar XXI Administración de Fincas se lo solucionaremos lo antes posible, ya sea de morosos, obras pendientes, Cuota muy elevada, ITE, legalización de piscinas, consumos de calefacción central, etc.

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