3 de mayo de 2015

Los conflictos en comunidades de propietarios copan el 4% de procesos judiciales




  • Impago de cuotas, ruidos y defectos constructivos son, por este orden, las quejas por las que las comunidades de propietarios inician 80.000 procesos judiciales al año

  • Sólo en la Comunidad de Madrid se inician 13.600 procedimientos anuales; 38 diarios


Imagen de las zonas comunes de un bloque de viviendas.
Imagen de las zonas comunes de un bloque de viviendas. PABLO REQUEJO



La derogación de la obligatoriedad de las comunidades de abonar las tasas les hará ahorrar dinero
Impagos de cuotas comunitarias, actividades molestas (principalmente ruidos) y defectos o vicios constructivos son por este orden las quejas por las que las comunidades de propietarios inician 80.000 procesos judiciales al año, o lo que es lo mismo 220 al día de media, estima el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España. En la Comunidad de Madrid se inician 13.600 procedimientos, 38 diarios.
Si bien es cierto que con la derogación de la obligatoriedad de las comunidades de propietarios de abonar las tasas correspondientes a cualquier procedimiento judicial, aproximadamente el 17% de los casos registrados en España e iniciados en la Comunidad de Madrid (13.600) ahorrarán 2,5 millones de euros a las comunidades de propietarios, según cálculos del Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAF Madrid), "esto no puede desviar la atención del atasco que sufren los juzgados por la acumulación de procesos iniciados a instancias de las comunidades de propietarios", reconoce su presidenta Manuela Julia Martínez Torres.
Es por ello que desde esta institución solicitan que parte de lo recaudado por las tasas judiciales, "indebidamente cobradas y que no serán devueltas", sea destinada a la creación de oficinas de mediación civil, capaces de reducir hasta en un 50% los conflictos vecinales.
El CAF Madrid también recuerda que la exención del abono de las tasas judiciales no afecta a los procedimientos arrendaticios, por ejemplo en el caso de desahucios por falta de pago, cuando la demanda sea interpuesta por una persona jurídica. Una realidad que, según Martínez Torres, se podría solventar con la exención del pago de tasas para este tipo de procedimientos aunque la demanda sea iniciada por una persona jurídica. Fuente:elmundo.es
Contacte con Encinar XXI Administración de Fincas y obtendrá el 1º mes gratis, para que pueda observar de primera mano nuestro trato amable y cercano, con una atención totalmente personalizada, que marca una diferencia importante, que por otro lado, no se ve incrementado en coste alguno. Prestamos un servicio de calidad ajustado a la actual realidad económica que vivimos. Gestionamos tanto las Comunidades de Propietarios que se rigen por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), como como los arrendamientos o alquileres sobre inmuebles (viviendas, pisos, garajes, trasteros, locales comerciales, pabellones industriales...) que se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Consulte nuestras tarifas sin ningún compromiso.
¿Qué tipos de fincas o Comunidades de Propietarios administramos?
Todo tipo de Comunidades de Propietarios, ya que somos expertos en la Ley de Propiedad Horizontal y Vertical. La transparencia en la gestión, la claridad y la sencillez de las cuentas, el trato amable y personal, y nuestro eficiente servicio de administración, hace que no exista diferencia en la administración de unos u otros inmuebles, la clave está en el tiempo y el volumen de trabajo que se dedica a cada Comunidad de Propietarios por parte de la Administración de fincas. Así, desde Encinar XXI Administración de Fincas, gestionamos y administramos, siempre con administrador de fincas colegiado y titulado, todo tipo de comunidades de propietarios y fincas, entre las cuales:

·         Edificio de Pisos de vivienda con y sin garajes.
·         Urbanizaciones, Mancomunidades, Comunidades generales.
·         Subcomunidades, Intercomunidades.
·         Garajes y Sótanos con plazas de aparcamiento de vehículos independientes.
·         Edificio de oficinas.
·         Polígonos industriales, Pabellones industriales (naves) y Parques tecnológicos.
·         Centros comerciales.
·         Puertos Deportivos.
·         Entidades de gestión de propiedades a tiempo compartido (aprovechamiento por turnos).
·         Entidades Urbanísticas de Conservación.
·         Campos de Golf.

E-mail:          encinarxxi@gmail.com
Teléfono:       94.402.27.36
Fax:               94.402.27.37
WhatsApp:    699.44.89.37
Dirección:      C/ Estartetxe nº 5, 2ª planta, Departamento 205 (Leioa).

                            

Cuéntenos qué problemas tienen actualmente y desde Encinar XXI Administración de Fincas se lo solucionaremos lo antes posible, ya sea de morosos, obras pendientes, Cuota muy elevada, ITE, legalización de piscinas, consumos de calefacción central, etc.

¡No te arrepentirás!. Además, si llamas ahora mismo, tienes un promoción en vigor del PRIMER MES GRATIS.  
Gestionamos Comunidades de Propietarios tanto en el municipio de Leioa, donde tenemos nuestra oficina, tanto en el centro de Leioa, como en los barrios de Artaza y Lamiako; así como en los municipios vecinos de Getxo (sobre todo en Algorta), Erandio (incluyendo Astrabudua), Berango, Sopelana, Sestao, Basauri, Deusto, San Ignacio, Bilbao, Portugalete, Santurtzi, Barakaldo... etc.

No hay comentarios:

Publicar un comentario