16 de junio de 2015

¿A nombre de quién debe estar la cuenta corriente de la Comunidad de Propietarios?

La titularidad de la cuenta bancaria de la Comunidad de Propietarios ha de estar a nombre de la propia Comunidad, sin perjuicio de que anualmente se cambien las  firmas autorizadas para disponer de los fondos y realizar las operaciones correspondientes, siendo estas, normalmente, la del Presidente, el Vicepresidente y la del Administrador de Fincas.
Desde Encinar XXI Administración de Fincas no entendemos la administración de una Comunidad de Propietarios de otra forma, y ningún propio de una comunidad debería permitir que su administrador tenga el dinero de la comunidad en una única cuenta compartida con otras comunidades de propietarios, porque no me parece una forma transparente de trabajar. Por ello, el consejo de nuestro administrador de fincas es que contraten siempre a un administrador de fincas colegiado y que la titularidad de la cuenta de su Comunidad de Propietarios este siempre en una cuenta separada a nombre de la Comunidad de Propietarios.
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Cuéntenos qué problemas tienen actualmente y desde Encinar XXI Administración de Fincas se lo solucionaremos lo antes posible, ya sea de morosos, obras pendientes, Cuota muy elevada, ITE, legalización de piscinas, consumos de calefacción central, etc.

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Gestionamos Comunidades de Propietarios tanto en el municipio de Leioa, donde tenemos nuestra oficina, tanto en el centro de Leioa, como en los barrios de Artaza y Lamiako; así como en los municipios vecinos de Getxo (sobre todo en Algorta), Erandio (incluyendo Astrabudua), Berango, Sopelana, Sestao, Basauri, Deusto, San Ignacio, Bilbao, Portugalete, Santurtzi, Barakaldo... etc. 

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