El Ministerio de Hacienda permitirá a los Ayuntamientos rebajar hasta un 20% el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para aquellos edificios que sean más eficientes en términos energéticos, según una enmienda que se presentará a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2016 en el Senado.
La enmienda, que modifica la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece que las ordenanzas fiscales de los ayuntamientos a partir del 1 de enero de 2016 podrán regular una bonificación sobre la cuota íntegra del IBI de naturaleza urbana en función de la calificación de eficiencia energética de los inmuebles, de tal manera que supondrá una mayor rebaja para los edificios energéticamente más eficientes y una menor o nula bonificación para los menos eficientes o para los que no dispongan de calificación.
Así, para aquellos que tengan la mayor calificación ('A') se podrá introducir una bonificación de hasta el 20%. La escala introducida prevé también que para los edificios de calificación energética 'B' la bonificación será de hasta el 16%, y para los que tengan una calificación de 'C', alcanzará hasta el 12%. Los de calificación energética 'D' podrán disfrutar de una bonificación de hasta el 8% y los de 'E', de hasta el 4%.
Los inmuebles con una calificación energética de 'F' o 'G' o que no dispongan de certificado energético no podrán beneficiarse de ninguna bonificación, según la enmienda a los Presupuestos de 2016, que entrará en vigor el 1 de enero del próximo año pero con vigencia indefinida.
La calificación energética del bien inmueble deberá ser acreditada ante el ayuntamiento por el sujeto pasivo mediante la aportación del certificado regulado en el real decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
Según el texto de la enmienda, el Gobierno propone con esta modificación fomentar la construcción y adquisición de bienes inmuebles energéticamente eficientes, así como la realización de instalaciones u obras para la obtención de la referida certificación.
Asimismo, se pretende incentivar la mejora de la eficiencia energética de los bienes inmuebles urbanos, estableciendo dicha bonificación para los ayuntamientos, que varía en función de dicha calificación energética, con el propósito de cumplir con los objetivos propuestos por el Gobierno en materia social, económica y medioambiental.
Así que ya sabéis, tanto cuando compréis como cuando alquiléis una vivienda, consultar siempre antes la calificación energética que la misma tiene. Se que muchas veces se ofrece al inquilino o comprador en el mismo momento de formalizar el contrato privado de arrendamiento o la escritura publica de compraventa, pero siempre que sea posible, exigir que os la den antes, para saber con antelación qué calificación energética tiene el piso o casa que os interesa, y saber de antemano no solo las posibles deducción que tendríais en el pago de IBI, sino el ahorro importante que vais a tener por no desaprovechar energía, por poner un ejemplo..
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