15 de noviembre de 2013

El Cerramiento ilegal de terraza aunque no perjudique a otros propietarios de la Comunidad

En este caso, un propietario que había realizado un cerramiento en una terraza comunitaria de la que tenía el uso privativo, había sido condenado en primera instancia "a retirar el cerramiento levantado en la terraza del inmueble, realizando todas las obras que sean necesarias para devolver la misma a su estado original, derribando los soportes y techumbre. Con expresa condena en costas a la parte demandada".

Sentencia Audiencia Provincial de Madrid, 17-02-2012
(Extracto)


Esgrimiéndose como primer motivo del recurso de apelación que los apelantes poseen el derecho de uso y disfrute en exclusiva de la terraza en donde se ha efectuado el cerramiento objeto de autos, no ocasionando daños o perjuicios a los vecinos el mismo, la Sala discrepa de dicha tesis cuando en el régimen de propiedad horizontal los propietarios tienen derecho a que ninguno de los mismos modifique la configuración o estado exterior de los pisos o locales aun sin que ello cause perjuicio a los derechos de otros propietarios tal y como el término "o" obrante en el art. 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal revela al tratar dicho perjuicio de los derechos de otros propietarios como una más de las prohibiciones o limitaciones del derecho de propiedad.

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