23 de marzo de 2015

Limpieza en una Comunidad de Propietarios por parte de un vecino

Algunas Comunidades de Propietarios, clientes de Encinar XXI Administración de Fincas, nos han preguntado con bastante frecuencia, una consulta, que queremos compartir con todos Uds., es aplicable a cualquier comunidad de vecinos:

¿Puede cualquier vecino prestar servicios de limpieza en su propia Comunidad de Propietarios, recibiendo una contra-prestación de dinero por dicho servicio?

Desde Encinar XXI Administración de Fincas respondemos a dicha pregunta, distinguiendo dos opciones:

¿La Comunidad de Propietarios tenía anteriormente contratado el servicio de limpieza?, si la respuesta es sí:

Sí, puede realizar trabajos de limpieza en la Comunidad, siempre y cuando, así se haya aprobado en Junta de Propietarios, con el voto favorable de una mayoría de propietarios que a su vez representen una mayoría de cuotas de participación.

¿La Comunidad de Propietarios tenía anteriormente contratado el servicio de limpieza?, si la respuesta es no:

Para realizar los trabajos de limpieza en la Comunidad, al tratarse de un nuevo servicio que antes no existía, debe de ser aprobado favorablemente con el voto a favor de las tres quintas partes (3/5) del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas (3/5) partes de las cuotas de participación. 

Y  en ambos casos, la Comunidad de Propietarios deberá cumplir con la legislación vigente, tanto en materia laboral como de Seguridad Social.

En Encinar XXI Administración de Fincas somos expertos en asuntos laborales, por lo que puedes solicitarnos presupuesto sin ningún compromiso, con un precio base por trabajador de 29 €/mes.


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