17 de julio de 2015

Las ayudas por el Dividendo Digital, exentas de IRPF

Las ayudas concedidas por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo a través de la entidad pública RED.es para la adaptación de las antenas colectivas de los edificios estarán exentas en la declaración del IRPF de los ciudadanos.
Antena,TDT
El Gobierno declara exentas las ayudas percibidas para compensar los costes derivados de la adaptación de las antenas colectivas en las edificaciones afectadas por la liberación del dividendo digital.
Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, en el punto dos del Real Decreto-ley 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico.
“Dos. Se añade un nuevo apartado 4 a la disposición adicional quinta, que queda redactado de la siguiente forma:
4. No se integrarán en la base imponible de este Impuesto, las ayudas concedidas en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 920/2014, de 31 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la liberación del dividendo digital.”
Adaptaciones de Antenas Colectivas
El Ministerio De Industria, Energía y Turismo a través de la entidad pública Red.es ha concedido ayudas a todas aquellas comunidades de propietarios que hubiesen adaptado su antena colectiva desde junio de 2014 a junio de 2015.

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  • ·         Subcomunidades, Intercomunidades.
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  • ·         Edificio de oficinas.
  • ·         Polígonos industriales, Pabellones industriales (naves) y Parques tecnológicos.
  • ·         Centros comerciales.
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