9 de noviembre de 2015

Esto es lo que debes tener en cuenta antes de negociar con el banco las vinculaciones de tu hipoteca

Todo aquel que se disponga a firmar una hipoteca debe ser consciente de dos cosas: la primera, que no todos los préstamos son igual de apropiados para un mismo cliente y, la segunda, que para conseguir las mejores condiciones posibles es probable que tenga que dar su brazo a torcer y aceptar algunas de las contrapartidas que le exija la entidad financiera.
Hablamos de las famosas vinculaciones, que son esos contratos de más que los bancos suelen pedir a los clientes a cambio de ablandar los requisitos de su contrato hipotecario.
“Lo que buscan los bancos es encontrar la rentabilidad a nivel cliente y esto puede suponer que no ganen dinero con un producto -la hipoteca- pero lo compensen con otros. Durante la crisis, el poco apetito por las hipotecas y la necesidad de maximizar los ingresos llevaba a los bancos a ‘atar a los clientes’ con todo tipo de vinculaciones, aunque poco a poco se han ido reduciendo al igual que los diferenciales de los préstamos. En el mercado actual encontramos de todo: hipotecas sin vinculaciones, otras con pocas y otras con algunas más. Por eso, hay que analizar cada oferta en su conjunto antes de tomar una decisión”....
En su opinión, una de las vinculaciones que ya está desapareciendo es el bautizado ‘plan de protección de pagos’, que fue obligatorio durante los años 2011 y 2012 y permite al cliente tener cubierto el pago de la hipoteca durante unos meses en caso de que se quede sin trabajo o sufra algún tipo de incapacidad.
Sin embargo, sigue siendo frecuente encontrarse con propuestas como contratar un seguro de vida o uno de hogar e incluso realizar unos gastos mínimos con la tarjeta de crédito. Todos estos productos añadidos permiten suavizar los intereses que deberá pagar el cliente (lo que en principio es beneficioso para él) aunque no siempre acaban siendo una buena opción para el hipotecado. “Si la contratación del producto nos supone un coste superior al ahorro en cuota, y no valoramos la contraprestación que nos ofrece a cambio, claramente estaremos haciendo un mal negocio”.....
Llegados a este punto, ¿hay alguna manera de evitar las vinculaciones o, al menos, de reconocer las que no nos convienen? .... “lo importante es sentarse con los bancos, conocer las ofertas, comprometernos solo a lo que vayamos a poder cumplir y, sobre todo, tener presente que no deberíamos aceptar aquellas condiciones que cambien nuestra rutina. En resumidas cuentas, si ves la vinculación como un coste, es negativa y no debe interesarte. No olvidemos que las vinculaciones pueden encarecer el precio de la hipoteca por encima del diferencial pactado”.
Para entenderlo, basta un ejemplo concreto: el del uso mínimo de una tarjeta de crédito, que hoy en día es una de las vinculaciones más frecuentes. “Si el cliente está acostumbrado a utilizar una tarjeta no le supondrá esfuerzo alcanzar el mínimo que establezca el banco, pero si no suele usarla puede resultarle complicado conseguirlo, lo que le supondrá un coste. Por tanto, no debería aceptarla”....
Otras vías que tenemos para negociar es enfundarnos el traje de comercial y conseguir que algún familiar lleve la nómina a dicha entidad o traspasar las aportaciones que estemos realizando en planes de pensiones, siempre que el cambio no sea perjudicial para nuestras finanzas. “Todo ello nos ayudará a mejorar las condiciones de la hipoteca sin tener que firmar vinculaciones adicionales”, añade. Por tanto, si ya estamos haciendo aportaciones anuales a un plan de pensiones, podemos negociar algo más si ofrecemos traspasar el que ya tenemos en marcha.
Otra de las vinculaciones que se pueden negociar es la relacionada con el seguro del hogar. En este sentido, el experto recuerda que lo que es obligatorio es el seguro de incendios (también llamado seguro de daños) que cubre el valor de la vivienda en caso de destrucción de la misma, aunque éste no tiene por qué contratarse con la entidad financiera que nos concede el préstamo hipotecario.
“La entidad financiera solicitará, por exigencia legal, al solicitante que suscriba un seguro de daños que cubra el valor del inmueble tasado con el fin de asegurar el valor de la garantía. El cliente está obligado a suscribir este seguro, aunque puede elegir con qué compañía lo hace, siempre que cumpla con los requisitos mínimos establecidos en la regulación”, explica la Asociación Hipotecaria Española (AHE).
También hay cierto margen de maniobra en los seguros de vida (que se encargan de amortizar el capital en caso de invalidez o fallecimiento del asegurado), que suelen estar ligados al saldo de la hipoteca. “Para el banco no es lo mismo asegurar a una persona que a dos, ni tampoco que sean jóvenes o de edad más avanzada. Y eso puede jugar en nuestro favor”...
Al igual que los seguros de hogar, los de vida tampoco son obligatorios. Por eso, en el caso de que un cliente desee contratarlo, siempre tendrá la opción de buscar por su cuenta y encontrar uno más económico que el que le propone el banco.
“De entrada, como consiguen comisiones vendiendo sus propios productos, las entidades bancarias suelen añadir por defecto la contratación de su propio seguro vinculado a la oferta hipotecaria, pero aceptarlo sin más es un error que puede costarte centenares de euros al año. Por eso, antes de firmar compara precios y coberturas entre las diferentes compañías”...

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