19 de julio de 2012

¿Puede el inquilino exigir a la comunidad la realización de obras en elementos comunes?

Una menor afluencia de vecinos en el edificio y unas condiciones climatológicas favorables convierten al verano en la época propicia para acometer reformas tanto en el interior de la vivienda como en las instalaciones de la comunidad de vecinos.

Sobre este tema trata la consulta que nos ha remitido Rosario, que vive como inquilina en un edificio antiguo. “Aunque el inmueble ha pasado todas las inspecciones técnicas reglamentarias, el portal está anticuado y da sensación de abandono y suciedad. No soy propietaria de la vivienda, pero llevo de inquilina 25 años, ¿puedo exigir a la comunidad que lo reforme?”, pregunta.

Si acudimos a la Ley de Propiedad Horizontal, observamos que se prohíbe al propietario de cada piso realizar en el resto del inmueble alteración alguna. Solo si advierte la necesidad de reparaciones, deberá comunicarlo sin dilación al administrador de la finca.

En consecuencia, únicamente está legitimado para solicitar a la comunidad la realización de obras en elementos comunes quien ostente la condición de propietario. Por lo tanto, el inquilino no puede exigir directamente a la comunidad la ejecución de obras que afecten a zonas comunes sino que deberá canalizar esta solicitud a través del arrendador.

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Fuente: globaliza

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