24 de diciembre de 2012

Comunidades de vecinos: obligaciones del dueño de un garaje

El propietario de una plaza de parking en una comunidad de vecinos debe hacer frente a los gastos comunes:

  

Obligaciones del propietario de un garaje

El propietario de una plaza de garaje en una comunidad de vecinos en régimen de propiedad horizontal tiene derecho a participar en la toma de decisiones a través de la junta de propietarios, que es el órgano que expresa la voluntad comunitaria.

A su vez, tiene la misma obligación de contribuir a los gastos comunes que los propietarios de las viviendas y locales que conformen la comunidad. Por ello, el comprador de un garaje:
  1. Debe respetar las instalaciones y elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, hacer un uso adecuado de ellos y evitar que se causen daños o desperfectos.
  2. Tiene que mantener su plaza en buen estado de conservación, de manera que no se ocasione ningún perjuicio a la comunidad, ni al resto de los propietarios.
  3. Debe consentir en su plaza las reparaciones que se exijan y la creación de servicios comunes de interés general acordados por la junta de propietarios. Al mismo tiempo, la comunidad tiene la obligación de resarcir al propietario de un garaje por los daños y perjuicios causados.
  4. Ha de contribuir a los gastos generales de la finca en proporción a su cuota de participación o a lo dispuesto en los estatutos de la comunidad.
  5. Si hay un cambio en la titularidad de la plaza de garaje, tiene que comunicárselo al secretario o al administrador.
  6. Debe contribuir, de acuerdo con su cuota, a la dotación del fondo de reserva que haya en la comunidad de propietarios para atender las obras de conservación, mantenimiento y reparación de la finca.
  7. Tiene que consignar un domicilio en territorio español a efectos de citaciones o notificaciones de la junta de propietarios.
  8. No debe realizar actividades prohibidas, molestas o perjudiciales en su plaza de parking.
  9. El propietario que no tenga pagadas todas sus deudas con la comunidad de vecinos al comienzo de la junta de propietarios no puede votar, aunque sí participar en las deliberaciones. 
En este link podeis ver el video del administrador en casa sobre los garajes, explicado por el Colegio de Administradores de Fincas, muy interesante:

http://www.youtube.com/watch?v=WuX-lLSy5F4&feature=share&list=UUiAfZh4ZPf3HbzGrHds-iUQ


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- Imagen: Jeff Osborn -

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