12 de septiembre de 2011

La ley ya obliga a los vecinos a instalar un salvaescaleras si lo pide un discapacitado

Hasta ahora, era necesario un acuerdo con mayoría simple entre los propietarios.

Esta reforma legal afecta solo a las obras que no superen 12 cuotas de comunidad por vivienda.

Amparo, vecina del número 10 de la calle de la Batalla de Arapiles, se beneficia de un salvaescaleras vertical .OLIVER DUCH Amparo, vecina del número 10 de la calle de la Batalla de Arapiles, se beneficia de un salvaescaleras vertical .OLIVER DUCH

A partir de ahora, la instalación de rampas o plataformas salvaescaleras en los rellanos será más sencilla. La última modificación de la Ley sobre Propiedad Horizontal, en vigor desde el pasado 4 de agosto, introduce una nueva regulación de carácter obligatorio sobre este tipo de obras, consideradas menores: la comunidad, a instancia de los propietarios en cuya vivienda vivan o trabajen personas con discapacidad, tendrá que acometer las obras, siempre que su coste repercutido entre cada vecino no supere las 12 mensualidades de la correspondiente cuota de comunidad.

Esta modificación, en todo caso, no afecta a la instalación de ascensores, ya que su precio es más alto y cuya instalación requiere de un acuerdo del 60% de propietarios del inmueble.

Sin embargo, los administradores de fincas califican la reforma legal de los salvaescaleras como «revolucionaria» ya que implica, según estos profesionales, la «simplificación» de los trámites y la resolución por vía legal de numerosos conflictos de escalera.

«Hasta ahora, era imprescindible que existieran mayorías de vecinos dispuestos a correr con los gastos de la obra, por pequeña que fuese. Con esta nueva ley en la mano, no existe margen para la discusión: es obligatorio y solidario, y punto», precisa Jorge Herrero, secretario del Colegio de Administradores de Fincas de Aragón. «Nuestra labor muchas veces es de mediadores ante multitud de problemas, y este era uno de los más recurrentes», añade Herrero.

El nuevo texto legal, en todo caso, contempla una excepción que puede limitar su efecto: solo estarán obligados a pagar los hogares que superen en 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), es decir, aquellas unidades familiares que cobren menos de 15.975 euros al año (1.331 euros brutos mensuales), salvo en el caso en que estos tengan algún tipo de subvención por vivienda. «Esto limitará de forma sustancial la nueva ley, aunque nos felicitamos de todo avance en favor de las personas con discapacidad», señalaron fuentes de la fundación DFA Aragón.

Precios y modelos

El coste de un salvaescaleras oscila entre 9.000 y 12.000 euros, según se trate de una plataforma acoplada a la escalera o vertical, que, además, conlleva obra en el rellano, en la mayoría de los casos. Además, las fincas pueden pedir subvenciones, tanto a la DGA como a algunos ayuntamientos, como el de Zaragoza, y su cuantía abarca entre un 20% y un 40% al margen de conjuntos de rehabilitación de especial interés. «En principio, estas instalaciones solo están pensadas para minusválidos, pero también las usan las personas mayores», afirma Asier Casquero, técnico de la empresa de elevadores Johima. Casquero, no obstante, es consciente de que muchos mayores también tienen problemas de movilidad y, por ello, son usuarios asiduos de este tipo de plataformas.

«Muchas comunidades de vecinos vienen a pedir presupuesto, pero las obras no son demasiado habituales», reconocen desde esta firma. Con la nueva ley, sin embargo, confían en que aumente su faena: «Si la gente se entera ahora de que con solo pedirlo la comunidad tiene que afrontar el gasto, supongo que tendremos más trabajo», concluye Casquero.

Los responsables de Zardoya-Otis en Zaragoza son más optimistas: «En lo que va de año, hemos notado un aumento considerable y hemos colocado unos diez o quince salvaescaleras», afirman. «Además, se trata de instalaciones que vienen bien a todos los vecinos con problemas de movilidad, sean crónicos o puntuales, así como a las personas mayores», añaden.

Rampas y otros mecanismos

Desde el Colegio de Administradores de Fincas, animan a las comunidades a informarse sobre las subvenciones de este tipo de instalaciones. En otros casos, los vecinos pueden optar por rampas o de mecanismos electrónicos de apertura de puertas, que permiten una mayor accesibilidad. De hecho, una de las principales novedades que incorpora esta reforma de la Ley de Propiedad Horizontal es que no hace falta ser el propietario de un piso para solicitar una obra de estas características, sino tan solo ser usuario del edificio.

Calidad de vida. Amparo, una de las vecinas del número 10 de la calle de la Batalla de Arapiles, se beneficia a diario de la instalación de un salvaescaleras vertical para salir a hacer la compra o a otros recados. Sin él, esta anciana tendría mucho más complicada su movilidad.

Fuente: heraldo.es


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