5 de mayo de 2013

10 consejos para poner a punto la piscina de la comunidad para este verano

llega el momento de poner a punto la piscina comunitaria

Llega el momento de poner a punto la piscina comunitaria!!

En nuestro país existen 60.000 urbanizaciones con piscina comunitaria que ya se preparan de cara al próximo verano. el colegio profesional de administradores de fincas de madrid presenta un decálogo de medidas para que las comunidades de propietarios prevengan accidentes y puedan disfrutar plenamente de este espacio común. entre ellas destacan la revisión de las instalaciones y establecer medidas de control, sobre todo en el caso de los propietarios que tengan alquilada la vivienda.

Estas son las 10 medidas que recomienda el colegio profesional de administradores de fincas de Madrid:

1) Acordar un reglamento de uso interno: las comunidades de propietarios pueden tener sus propias normas de régimen interno que completen la normativa autonómica y municipal. este reglamento debe estar colocado en un lugar visible y establecer, entre otras normas, el aforo de la piscina, la vestimenta a utilizar, así como los horarios de apertura y de los de cursillos de natación y otras actividades, si las hubiera. también se debe indicar la ubicación del botiquín y cumplir las condiciones higiénico-sanitarias que establece la normativa vigente, como por ejemplo la realización de una limpieza diaria de las instalaciones.

2) Revisar las instalaciones: Previamente a la apertura, deberá comprobarse que las instalaciones, como las duchas, el interior del vaso (azulejos no desprendidos o rotos), pavimentos o escalones con antideslizantes para evitar resbalones, escaleras bien sujetas, etc, están en buen estado.

3) Extremar la vigilancia de los menores: La principal causa de los accidentes en piscinas se debe a la falta de vigilancia. es aconsejable que los menores siempre vayan acompañados de un adulto. Asimismo, la comunidad debe prohibir los saltos al borde de la piscina, realizar actividades de forma violenta o entrar al vaso con cualquier tipo de objeto que pueda provocar daños en el resto de bañistas (colchoneta, pelotas, etc.)

4) Contratar a un socorrista: en función del número de viviendas y las dimensiones del vaso, la normativa puede eximir a la comunidad de contar con un socorrista, pero siempre es recomendable contratar a un profesional con conocimientos suficientes en socorrismo acuático y prestación de primeros auxilios acreditados por el organismo competente. Este profesional deberá permanecer en las instalaciones durante todo el tiempo de funcionamiento de las mismas. De ahí la importancia de establecer un horario de apertura y cierre de la piscina.

5) Vigilar el estado de los elementos de protección: A fin de evitar accidentes, es importante asegurar que todos los elementos de protección de los bañistas (vallado de la piscina, flotadores salvavidas, etc.) se encuentran en condiciones óptimas.

6) Disponer de un servicio de control de acceso: Es conveniente que a la entrada del recinto haya una persona que lleve un control  e impida el acceso a  terceros ajenos a la comunidad. Asimismo, limitar el número de invitaciones por vivienda mediante tickets evitará un uso inadecuado de la instalación recreativa.

7) Apelar a la responsabilidad del usuario: Dado que la piscina, fuera del horario de funcionamiento, debe permanecer inaccesible a los usuarios, las personas que accedan a la misma salvando las medidas de seguridad serán, en caso de accidente, los responsables directos.

8) Limitar el uso de la piscina en las viviendas alquiladas: Si la vivienda está alquilada, propietario e inquilino no podrán disfrutar simultáneamente de este servicio. Normalmente, salvo pacto contrario entre las partes, el arrendador pierde a favor del arrendatario todos sus privilegios con respecto al uso y disfrute de los elementos comunes, como es la piscina, aun cuando corra con los gastos de las cuotas comunitarias.

9) Recordar la prohibición de fumar en las zonas infantiles: La Ley Antitabaco permite fumar en las zonas al aire libre de la comunidad de propietarios, pero no así en los recintos de recreo infantil, como son las piscinas para niños. Por lo tanto, salvo las zonas destinadas a niños, en el resto de los espacios del recinto de la piscina se puede fumar.

10) Suprimir  las barreras arquitectónicas: La comunidad deberá adecuar los accesos y eliminar las barreras arquitectónicas conforme a lo establecido en las distintas leyes estatales y autonómicas.

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